El Numero Internacional Normalizado para Libros (ISBN), se establece con el fin de proporcionar un código único de identificación para todos los libros que serán publicados y manejar el intercambio de información en todos aquellos sectores que de una u otra forma participan en el comercio de libros.

La Agencia Internacional de ISBN con sede en Londres, Inglaterra es la encargada de asignar a cada Agencia Nacional  un identificador de grupo.

La Agencia Nicaragüense de ISBN asigna a cada editorial, un prefijo acorde con la producción anual de cada editor.

Cada vez que un editor va a lanzar una nueva publicación debe enviar los datos a la Agencia, para la asignación del número a ese libro.

En Nicaragua la orden administrativo N° 01-2006, establece "la política de servicio para el uso del Sistema ISBN (International Standard Book Number) Número Internacional Normalizado para Libros".

Su artículo cuarto (4) se establece que a partir del 1 de enero del año 2006, se cobrará un cargo por servicios equivalente en moneda nacional y tipo de cambio oficial a diez dólares (US$ 10.00), por cada ISBN que se asigne a una obra en cualquier tipo de soporte

El artículo seis (6) señala, que el uso y asignación de código ISBN, a que se refiere la Orden Administrativa "es de obligatorio cumplimiento para todos los tipo de obras que se editen, reediten y reimpriman”, que se encuentran señaladas en esta orden.

Cambio ISBN de 10 a 13 dígitos

Código de barras para libros

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